Preguntas y respuestas sobre asilo

A continuación podrás conocer las respuestas a las preguntas más frecuentes sobre el asilo o protección internacional.

  1. ¿Cuándo se pide el asilo? La ley marca que debe pedirse en los primeros treinta días de haber llegado a España. Si excedes ese tiempo, tienes que justificar las causas.
  2. ¿Dónde se pide el asilo? En España se pide a través de internet en la página web de Extranjería.
  3. ¿Cuántas citas se necesitan para un grupo familiar? Solo una.
  4. ¿Puedo pedir asilo si vengo de un tercer país? Sí, siempre y cuando justifique las causas por las que huye de ese tercer país.
  5. ¿Cuáles son esas causas para pedir el asilo? Las causas están estipuladas en la comisión de Ginebra y en la ley española, pero suelen ser vinculadas a la persecución del temor a perder la vida.
  6. ¿Debo aprobar todo lo que alego? No necesariamente porque viene “huyendo”.
  7. ¿Qué pasa si mi proceso no pasa a trámite? Se puede solicitar un recurso para una nueva evaluación.
  8. ¿A partir de cuando puedo trabajar? A partir de seis meses contados a partir de la fecha de la entrevista.
  9. ¿Cuándo dan la tarjeta roja? Cuando venza la carta blanca que es nueve meses a partir de la entrevista.
  10. ¿Puedo salir de España mientras esté en proceso mi solicitud de asilo? No se debe salir de España.
  11. ¿Puedo mudarme de localidad durante mi proceso de solicitud de asilo? Sí.
  12. ¿Tengo derecho a asistencia sanitaria por ser solicitante de asilo? Sí.
  13. ¿Si soy solicitante de asilo puedo estudiar en la universidad? Sí.
  14. ¿Puedo modificar la condición de solicitante de asilo a residente? Sí.
  15. ¿Para realizar la modificación de solicitante debo renunciar previamente el trámite?
  16. ¿Puedo canjear mi carné de conducir si soy solicitante de asilo? Sí, algunas oficinas de la dgt ya están realizando el tramite con la hoja blanca.
  17. ¿Qué pasa si tengo problemas policiales o judiciales y soy solicitante de asilo? Lo más seguro es que te denieguen la residencia por razones humanitarias.
  18. ¿Qué pasa dos solicitantes de asilo tienen un hijo? Se tendrá que documentar a ese hijo bien sea a través del pasaporte o a través de una descripción para unirlo al expediente y también entrar en el proceso de protección internacional de los padres.
  19. ¿Si solicito asilo afecta a mis familiares que deseen venir de visita a España?
  20. ¿Si soy solicitante de asilo puedo tramitar una carta de invitación?
  21. ¿Durante el proceso puedo enunciar al asilo? Siempre puedes renunciar al asilo, pero al haber superado tu estancia legal como turista, vas a tener que salir del país en un plazo de 15 días.
  22. ¿Qué pasa si me niegan el asilo? Puedes interponer un recurso de reposición en el plazo de 2 meses desde la fecha de resolución o un recurso contencioso administrativo. Para el recurso contencioso administrativo necesitarás a un abogado
  23. ¿Qué pasa si en definitiva me niegan los recursos de reposición y contencioso administrativo? Puede interponer un recurso de casación ante el Tribunal Superior de Justicia. La otra opción evaluar otras alternativas de residencia como el arraigo social.
  24. ¿Puedo seguir trabajando si me niegan el asilo? Si, ya que el recurso contencioso administrativa va ligado a la medida cautelar de derecho al trabajo.
  25. ¿Qué es la residencia por razones humanitarias para los solicitantes de asilo? Es una residencia excepcional que se le concede a los ciudadanos venezolanos una vez que les deniegan el asilo.
  26. ¿Puedo salir de España si tengo residencia por razones humanitarias? Sí, ya eres residente.
  27. ¿Cómo renuevo la residencia por razones humanitarias? Una vez que venza tu TIE se cargará la resolución de manera automática en el sistema por un año más, por lo que puedes acudir directamente a la toma de huellas.
  28. ¿Puedo modificar la residencia por razones humanitarias? Sí, puedes hacer una modificación por otro tipo de residencia.
  29. ¿La residencia por razones humanitarias computa para la nacionalidad? Sí computa.
  30. ¿Puedo hacer reagrupación familiar con la residencia por razones humanitarias? Sí, una vez la hayas renovado.
  31. ¿Puedo viajar dentro del territorio español en avión si soy solicitante de asilo? Sí puedes viajar en avión.